Banco Consolidado de Chile. Prorroga del empréstito de 1878.
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31 - Ene -1883
Por Decreto del Ministerio de Hacienda de 31 de enero de 1883, se aprueba lo estipulado en el acta y adición que preceden, por las cuales consta que el Ministro de Hacienda en representación del Fisco y los gerentes o apoderados de los bancos; Nacional de Chile, Banco de Valparaíso, Banco de A. Edwards i C.ª., Banco de D. Matte i C.ª., Banco Consolidado, Banco Alianza, Agrícola, Banco de Concepción, Banco Mobiliario y Banco de la Unión, que celebraron un contrato de empréstito de 27 de marzo de 1878, ratificado y ampliado por las leyes de 27 de julio y 6 de septiembre del mismo año, han convenido en prorrogar dicho empréstito por doce meses, que empezaran a contarse desde el 31 del mes actual. Boletín de las leyes y decretos del Gobierno. Primer semestre 1883.