Banco Nacional de Chile. Autorización para emitir billetes al portador.
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03 - Ene -1867
Por Decreto N° 8 ( Peso: 307 kb) del Ministerio de Hacienda de 3 de enero de 1867, se decreta que el Banco Nacional de Chile podrá emitir billetes al portador con arreglo al capital efectivo de un millón ochocientos mil pesos, según lo dispuesto en la Ley 23 de julio de 1860. Esta emisión gozará de los privilegios acordados a los bancos prestamistas por Decreto de 8 de agosto ( Peso: 1646 kb) del año próximo pasado, sujetándose a las condiciones en él expresadas. Boletín de las leyes i decretos del Gobierno. Libro XXXV.