Ley General de Bancos (Ley N° 187) modifica el art. 15° de la ley sobre Bancos de Emisión.
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24 - Sep -1865
Por Ley N° 187 del Ministerio de Hacienda de 24 de septiembre de 1865, el art.3° se suspenden, por ahora, los efectos del art.15° de la ley sobre Bancos de Emisión, y será subrogado por el siguiente: "Art. 15.- Los billetes de banco serán desde un peso hasta quinientos pesos". Boletín de las leyes i decretos del Gobierno. Libro XXXIII.