Banco de la Alianza. En Junta de Accionistas se determina que la duración del Banco será hasta el 30 de septiembre de 1879.
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03 - Sep -1879
Por Decreto N° 263 ( Peso: 837 kb), del Ministerio de Hacienda de 3 de septiembre de 1879, se aprueba la reforma al artículo 11 de los estatutos del Banco de la Alianza, acordada en Junta general extraordinaria de accionistas de dicho Banco en 30 de agosto próximo pasado, en la forma siguiente: "Art.11. La duración del Banco será hasta el 30 de septiembre de 1879. Llegado ese día, la sociedad se pondrá de hecho en liquidacion, con arreglo a las prescripciones del artículo 45". Boletín de las leyes i decretos del Gobierno. Primer cuatrimestre. 1879.
"El Banco de la Alianza se liquidó en 1889, siendo el Banco Nacional de Chile el encargado de ello". Santelices, Ramón E. Los Bancos Chilenos. Pág. 222. ( Peso: 284 kb) Texto completo