Banco Salitrero de Chile. Se aprueban los estatutos, eliminando el inciso a) del artículo 4°.
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29 - Mar -1905
Por Decreto N° 1.342 ( Peso: 496 kb) del Ministerio de Hacienda de 29 de marzo de 1905, se aprueban los estatutos de la Sociedad anónima denominada Banco Salitrero de Chile, que constan de la escritura pública otorgada en Santiago el 1 del presente ante el Notario don Manuel Almarza. Fíjese en un 10% la cuota que, del fondo social, deberá hacerse efectiva, dentro del plazo de ocho días, contados desde la fecha del presente decreto, para que la Sociedad pueda iniciar sus operaciones. Quedará eliminado de los estatutos el inciso a) del artículo 4° que dispone que uno de los objetos de la Sociedad será: "Ejecutar operaciones bancarias con los privilegios establecidos por la lei de la Caja de Crédito Hipotecario, aplicándolas a las regiones i a los negocios salitreros de Chile. Los bonos que se emitan podrán ser en moneda de oro inglesa o chilena, o bien en moneda corriente, segun lo resuelva el Directorio, i con la garantía de compras condicionadas de salitreras en pacto de retroventa". Archivo Nacional. Fondo Ministerio de Hacienda. Volumen 3679.