Bancos de Emisión: se ordena la formación de un resúmen de los balances de las instituciones bancarias.
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08 - Feb -1906
Por Decreto ( Peso: 146 kb) del Ministerio de Hacienda de 8 de febrero de 1906, se acuerda y decreta que la Dirección General de Contabilidad formará mensual y semestralmente un resúmen de los balances que, en virtud del artículo 8.º de la Ley de 23 de julio de 1860, deben presentar las instituciones bancarias al Ministro de Hacienda. Boletín de las leyes i decretos del Gobierno. Libro LXXVI.