Oficina de Emisión Fiscal. (Ley N° 1.054). Autoriza emisión de billetes fiscales de curso forzoso.

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31 - Jul -1898

Por Decreto N° 1.054 de 31 de julio de 1898, publicado en el Diario Oficial N° 6.064 de 31 de julio de 1898, se autoriza al Presidente de la República, por el término de un año, para emitir hasta cincuenta millones de pesos en billetes fiscales de curso forzoso, pagaderos en pesos de oro de dieziocho peniques, comprendiéndose en esta suma las emisiones bancarias. Suplemento al Boletín de las Leyes i Decretos del Gobierno correspondiente a 1898.