Banco Chileno Garantizador de Valores del Sur. Se aprueban sus estatutos.

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20 - Dic -1869

Por Decreto N° 229 del Ministerio de Hacienda de 20 de diciembre de 1869, se aprueban los estatutos que deben regir el Banco Chileno Garantizador de Valores del Sur, el que tendrá su domicilio en la ciudad de Concepción. El territorio en que debe funcionar el Banco Chileno Garantizador de Valores del Sur comprenderá las provincias del Maule, Ñuble, Concepción y Arauco. Boletín de las leyes i decretos del Gobierno. Libro XXXVII.