Oficina de Emisión Fiscal establece fecha para el pago de los billetes deteriorados por uso.

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04 - Abr -1911

Por Decreto (PDF Peso: 731 kb) del Ministerio de Hacienda, de 4 de abril de 1911, se dispone que desde al 1° de julio del presente año la Oficina de Emisión Fiscal pagará los billetes deteriorados por el uso que se le presenten para su canje. Artículo 9. Se deja sin efecto en lo que sea contrario a las disposiciones del presente decreto, el Reglamento de 1 de agosto de 1898. Boletín de las leyes i decretos del Gobierno. Libro LXXX.