Bancos Hipotecarios: se prorroga el plazo para presentar a las Tesorerías Fiscales los certificados que deben dar las instituciones hipotecarias para el descuento establecido por Ley N° 3.091.

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14 - Jun -1917

Por Decreto N° 1.310 (PDF Peso: 155 kb) de 14 de junio de 1917, se prorroga hasta el 15 de julio próximo el plazo fijado en el artículo 7.° inciso 2.° del Decreto N° 2.210 de 31 de octubre de 1916 para presentar a las Tesorerías Fiscales los certificados que deben dar las instituciones hipotecarias para los efectos del descuento establecido por el artículo 28.° de la Ley N° 3.091 (PDF Peso: 3332 kb) de 13 de abril de dicho año. Boletín de las leyes i decretos del Gobierno. Libro LXXXVI.