Bancos Hipotecarios (Ley N° 4.827). Autoriza a desempeñar comisiones de confianza.

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11 - Feb -1930

Por Ley N° 4.827 del Ministerio de Hacienda de 11 de febrero de 1930, publicada en el Diario Oficial N° 15.601 de 17 de 1930, se confiere atribución a los Bancos comerciales y a los Bancos hipotecarios, para desempeñar comisiones de confianza en conformidad a las dispocisiones del Título VII de la Primera Parte del Decreto Ley N° 559 de 26 de septiembre de 1925 sobre Ley General de Bancos. Boletín de las leyes i decretos del Gobierno. Libro XCIX.