Sociedades Anónimas Nacionales y Extranjeras (Decreto N° 5). Se establece que se rigen por la Ley de 23 de julio de 1960.

Más información:
Entidades Relacionadas | Documentos | Imágenes | Línea de tiempo

11 - Ene -1922

Por Decreto N° 5 (PDF Peso: 173 kb) del Ministerio de Hacienda de 11 de enero de 1922, se declara que mientras no se dicte una ley especial sobre la materia, las disposiciones del Decreto reglamentario N° 3.030 de 22 de diciembre de 1920, sobre agencias anónimas extranjeras, no serán aplicables a los Bancos, cuyo establecimiento debe regirse por la Ley de 23 de julio de 1860. Deja sin efecto el Decreto N° 2.381 de 31 de octubre último del Ministerio de Hacienda. Boletín de las leyes i decretos del Gobierno. Libro XCI.