Oficina de Emisión Fiscal. Se ordena contar billetes e incinerarlos previo a los requisitos correspondiente.

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14 - Oct -1898

Por Decreto (PDF Peso: 170 kb) del Ministerio de Hacienda de 14 de octubre de 1898, se ordena que la Oficina de Emisión Fiscal contará uno a uno los indicados billetes y procederá a incinerarlos ante la Comisión y con las seguridades prescritas en el Reglamento de dicha Oficina de 1° de Agosto último. Suplemento al Boletín de las leyes i decretos del Gobierno. Correspondiente a 1898.