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De acuerdo a dicha ley, la SBIF debe hacer pública esta información en el Diario Oficial antes del día 15 de cada mes.
Con el objetivo de ofrecer mayor transparencia y oportunidad en la información que entrega a sus fiscalizados y a la comunidad en general, en particular a las entidades que utilizan esta información en sus sistemas, la SBIF anuncia de manera pública y con la debida anticipación, su Certificado de Interés Corriente.
Este es un documento que da cuenta de las tasas de interés promedio para diferentes tipos de moneda, montos y periodos y se utiliza para el cálculo de la Tasa Máxima Convencional. Su emisión está regulada por la Ley 18.010 para las operaciones de crédito de dinero.
De acuerdo a dicha ley, la SBIF debe hacer pública esta información en el Diario Oficial antes del día 15 de cada mes, lo que ahora será complementado con su divulgación anticipada en un día, a través del sitio web SBIF (www.sbif.cl).
Los valores que se indican sólo serán válidos a partir de su publicación en el Diario Oficial, la cual está prevista para la edición del viernes 15 de noviembre de 2013.
Es importante consignar que a partir de la publicación correspondiente al mes de noviembre, la categoría de Operaciones Expresadas en Moneda Extranjera, tendrá una apertura que diferencia dichas operaciones entre las que comprendan un equivalente a U.F. 2.000 ( aproximadamente US$ 92.000 ) o menos; y aquellas que superen dicha cantidad.
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