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SBIF entrega primer informe anual sobre efectos de la aplicación de nueva Ley de TMC

La iniciativa legal, promulgada en 2013 para reducir las tasas de interés en los tramos sectores más vulnerables, definió como segmento objetivo las operaciones en moneda chilena no reajustable, de 90 días o más e inferiores o iguales al equivalente a 200 UF.

El primer informe con los efectos de la Ley N° 20.715 sobre Protección a Deudores de Créditos en Dinero, que modificó la Ley N° 18.010, fijando nuevos límites a la Tasa Máxima Convencional, fue entregado por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) al Ministerio de Hacienda y a las Comisiones de Hacienda y Economía del Senado y de la Cámara de Diputados.

La iniciativa, que fue promulgada en diciembre de 2013 con el objetivo de reducir las tasas de interés que se cobran a los sectores más vulnerables de la población, no sólo definió el segmento objetivo en aquellas operaciones inferiores o iguales al equivalente a 200 UF, en moneda nacional no reajustable y de 90 días o más (en lo sucesivo, segmento objetivo de la TMC), sino que también cambió la forma de cálculo del techo para las tasas, anclándola a un segmento de préstamos de mayor monto. Adicionalmente, encomendó a la SBIF la fiscalización de las operaciones en estos segmentos, además de las otorgadas en líneas de crédito asociadas a cuentas corrientes y tarjetas de crédito, en tanto sean concedidas por bancos e instituciones colocadoras de fondos por medio de operaciones de crédito de dinero de manera masiva.

Dado que el debate surgido con ocasión de la aprobación de esta Ley en el Congreso se centró en los efectos que esta medida pudiera tener sobre el mercado del crédito, particularmente respecto de los posibles impactos negativos asociados a la desbancarización de algunos segmentos de deudores y los eventuales beneficios para los usuarios de un menor costo del crédito, el propio cuerpo legal consideró que, durante sus tres primeros años de aplicación, la SBIF presentaría informes anuales con los efectos de su aplicación.

El primer informe centra el análisis en las operaciones de crédito de dinero cursadas por entidades bancarias durante el año 2014, las que representan cerca de 80% del financiamiento total de los hogares y poco menos de 50% del financiamiento de empresas. La fiscalización de las operaciones celebradas por entidades no bancarias comenzó el 1° de enero de 2015.

Principales conclusiones del informe

Las principales conclusiones del informe se agrupan según los aspectos requeridos por el artículo octavo transitorio de la Ley N° 20.715.

Estimaciones cuantitativas del beneficio obtenido por los deudores

  • Desde la perspectiva de una disminución en el costo del crédito en las entidades sujetas a fiscalización, la ley ha generado una baja significativa de la TMC. El informe da cuenta de una baja sostenida de las tasas de interés máximas, desde niveles de 53,9%, previo a la promulgación de la ley, hasta 38,6% a fines de 2014 en el segmento de hasta 50 UF, y hasta 36,6% en el segmento de 50 a 200 UF. Por lo tanto, el tramo de menos de 50 UF y de 50 a 200 UF presentaron caídas en su tasa máxima del orden de 15 y 17 puntos porcentuales, respectivamente. Por su parte, el nivel promedio de tasas de interés cobrada en los segmentos de menos de 50 UF y de 50 a 200 UF registraron disminuciones de en 8,8 y 4,2 puntos porcentuales, respectivamente. 
  • A nivel de productos también se observan menores tasas cobradas, principalmente en las operaciones asociadas a tarjetas y líneas de crédito, que históricamente han mostrado las tasas más altas y que en 2014 cayeron 10 y 7 puntos porcentuales, respectivamente.

Estimaciones cuantitativas de la reducción en el volumen de operaciones de crédito:

  • Los flujos de operaciones de crédito no dan cuenta de una reducción en el nivel de actividad crediticia en los tramos asociados a la nueva Ley de TMC.
  • Los flujos de crédito de la banca especializada en segmentos de menores ingresos (divisiones de consumo y banca retail) presentan un menor dinamismo en 2014, lo que podría indicar que algunos clientes en este tramo hayan visto limitada su capacidad de acceso al crédito. 
  • Las señales de condiciones menos favorables para el crédito también se manifiestan en el nivel de ingreso de los clientes bancarios y en estimaciones de márgenes más restrictivos por línea de productos. 
  • Respecto al número de deudores de la banca, en el 2014 se registró una caída de 97.244 deudores de consumo en el segmento de 200 UF o menos, mientras que para los créditos comerciales se observó un aumento de 18.640 deudores en el mismo tramo.
  • Estimaciones preliminares indican que en torno a 74 mil deudores de créditos de baja cuantía (0 a 20 UF) podrían potencialmente haber sido sujetos de exclusión producto de la aplicación de la nueva Ley de TMC. Esta cifra aumentaría, como máximo, a 103 mil deudores al considerar el tramo completo de 0 a 200 UF. Sin embargo, la variable “número de deudores” actualmente disponible incluye deudores de operaciones que no se enmarcan estrictamente en la definición de la Ley N° 18.010 (distinto plazo y moneda, y productos que no corresponden a operaciones de crédito de dinero). En razón de ello, el documento advierte sobre las limitaciones de este indicador para extraer conclusiones respecto de una posible desbancarización. Además, se debe reiterar la dificultad de aislar el efecto de la aplicación de la Ley de TMC de otros factores, como las condiciones macroeconómicas, otros cambios normativos y ajustes comerciales propios de la industria.

Estimaciones de los costos operativos impuestos a las instituciones fiscalizadas

Las estimaciones de la banca fijan estos los costos operativos de la nueva ley de TMC en torno a 64.000 UF, dos tercios de los cuales responderían a la necesidad de inversión en nuevos desarrollos tecnológicos.

Estimaciones de los costos administrativos adicionales asumidos por la Superintendencia

Se estima que la SBIF incurrió en costos adicionales aproximados entre 70% y 85% por sobre lo efectivamente asignado presupuestariamente en el 2014. Esto corresponde a una estimación de los costos no considerados en el presupuesto, principalmente por la mayor demanda de horas profesionales que implicó la puesta en marcha de la TMC.

Es importante mencionar que el análisis del informe tiene dos limitantes. Primero, que con la información disponible no es posible verificar si la salida de deudores del sistema bancario es compensada por el ingreso (o permanencia) de esos mismos deudores en otros oferentes de crédito y, segundo, que la SBIF no cuenta con información de las operaciones que los bancos no cursaron por tener un costo superior a la TMC vigente (rechazos). 

 

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