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Se refieren a instrucciones que regulan la elección de los directores de sociedades que presten servicios vinculados a los sistemas de pago.
La Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, continuando con la revisión permanente a su marco normativo, pone en consulta una actualización a las normas generales que regulan el funcionamiento de las sociedades de apoyo al giro.
En esta oportunidad, con el objeto de homologar las normas que rigen a entidades de similar naturaleza, se ha resuelto hacer extensiva a todas las sociedades de apoyo al giro que no tengan el carácter de filial de un banco y a su vez presten servicios vinculados a los sistemas de pago, la restricción que impide a sus directores desempeñar otras funciones en los bancos que sean socios o accionistas de aquellas.
Actualmente dicha limitación sólo afecta a las sociedades que administren y operen Cámaras de Compensación de Alto Valor.
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