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SBIF inicia su trabajo con Emisores y Operadores no Bancarios

Expiró el plazo de entrega de antecedentes para la inscripción en el Registro de Emisores y Operadores de Tarjetas de Crédito.

En virtud de lo señalado en el Capítulo III.J.1 del Compendio de Normas Financieras del Banco Central de Chile y la Circular N° 17 para Emisores y Operadores de Tarjetas de Crédito no bancarias, emitida esta última el 28 de abril pasado por esta Superintendecia , en el día de ayer, 28 de agosto , expiró el plazo de entrega de antecedentes para la inscripción en el Registro de Emisores y Operadores de Tarjetas de Crédito de esta SBIF.

Las empresas no bancarias que han cumplido con la entrega de los referidos antecedentes son:

  • Cencosud Administradora de Tarjetas S.A. (tarjetas Paris y Jumbo Más)
  • COFISA S.A. (tarjeta DIN)
  • ABC Inversiones Ltda. (tarjeta ABC)
  • Promotora CMR Falabella S.A. (tarjeta CMR Falabella)
  • CAR S.A. (tarjeta Ripley)
  • Comercializadora y Administradora de Tarjetas Extra S.A. (tarjeta XTRA)
  • Efectivo S.A. (tarjeta Johnson's Multiopción)
  • Inversiones SCG S.A. (Tarjeta Dorada La Polar).

El primer emisor señalado ya se encuentra inscrito y se suma a Servicios y Administración de Créditos Comerciales Presto S.A. (tarjeta Presto), que ya era fiscalizado por esta Superintendencia. Los demás emisores contarán con la correspondiente resolución de inscripción en el transcurso de estos días.

Cabe hacer presente que las disposiciones ya indicadas, sólo exigen la inscripción de aquellos emisores y operadores de tarjetas de crédito no bancarios que cumplan con los requisitos especificados en la norma, y permite a otros voluntariamente sujetarse a la fiscalización de esta Superintendencia.

La presente normativa tiene como principal objetivo reconocer las características particulares de los Emisores y Operadores de Tarjetas de Crédito no Bancarios, regulando materias asociadas a la cadena de pago, uso de los plásticos que son aceptados como instrumentos de pago, comisiones, así como de transparencia de la información y atención a los clientes, entre otros.

La adecuación a las disposiciones emanadas de este organismo deberá concretarse en el plazo de un año a contar de la fecha de inscripción, no obstante ello, actualmente este organismo se encuentra trabajando conjuntamente con los emisores y operadores inscritos a fin de concretar este proceso en el plazo más breve posible.

 

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