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Se le entregó la autorización de funcionamiento de la sucursal.
La Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, de acuerdo a lo estipulado en los artículos 31 y 32 de la Ley General de Bancos y de la Resolución N° 128 del 26 de junio de 2008, en la cual la SBIF autorizó a la citada empresa bancaria extranjera a establecer una sucursal en el país, entrega la autorización de funcionamiento de la sucursal.
La iniciación de actividades deberá hacerse a más tardar el 30 de enero de 2009.