21/10/2002 por RR.PP. SBIF
Nuevo instrumento facilita movilidad de garantías entre los bancos
Permitirá garantizar los créditos que un mismo deudor tenga en más de una entidad financiera.
En el marco de su política permanente de modernización del marco regulatorio para que propicie e impulse el desarrollo de la competencia en el mercado financiero nacional, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras puso en aplicación un nuevo instrumento bancario que permitirá avanzar en la movilidad de garantías entre los bancos.
En uso de las facultades que posee, la SBIF permite que opere una "Carta de Garantía Interbancaria" que tendrá por objetivo facilitar la movilidad y la mejor utilización de las garantías hipotecarias o prendarias constituidas en las instituciones bancarias por los deudores de éstas.
La Carta de Garantía Interbancaria podrá ser utilizada como garantía del cumplimiento de una obligación asumida por un cliente en otra institución financiera que ha constituido en su favor las garantías reales.
Las aplicaciones y los límites o márgenes legales o reglamentarios de este nuevo instrumento están contenidos en el capítulo 8 -12 de la Recopilación Actualizada de Normas de la SBIF.