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Ambas instituciones hacen un llamado a las entidades bancarias al estricto cumplimiento de las normas dictadas y que van en directo beneficio de los consumidores.
En el marco de las circulares que precisan las obligaciones relacionadas con las ventas conjuntas, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) y el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), reiteran que estarán, cada uno en sus ámbitos de competencia, vigilando el estricto cumplimiento de las disposiciones, aplicando, en caso de incumplimiento, las sanciones que correspondan a las entidades infractoras.
Como ya se informó, las Circulares 3.513 y 3.514 permiten que los bancos puedan ofrecer una rebaja en la tasa de interés de los créditos hipotecarios cuando el consumidor contrate con la entidad otro producto que puede ser una cuenta corriente, una cuenta a la vista o una tarjeta de crédito, siempre que dicho producto contemple el pago del dividendo hipotecario mediante la modalidad de Pago Automático.
El objetivo es que los Bancos entreguen beneficios al consumidor, por lo que no les está permitido efectuar ofertas que no cumplan lo indicado.
Los Bancos deberán mostrar en la publicidad que efectúen y en sus sitios web, una información completa de la oferta, donde se verifique que han cumplido las condiciones indicadas en las circulares y el monto que alcanza el beneficio para quien contrate la oferta.
Asimismo, las instituciones bancarias deberán respetar la Ley del Consumidor en cuanto a la libre elección y, en lo que corresponda, los demás derechos que esa Ley contempla.
Ambas instituciones hacen un llamado a las entidades bancarias al estricto cumplimiento de las normas dictadas y que van en directo beneficio de los consumidores.