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SBIF prorroga plazo para recibir comentarios a Circular para Emisores y Operadores No Bancarios

La extensión se hace en concordancia con la decisión adoptada por el Banco Central de Chile de prorrogar en 30 días el plazo para la entrada en vigencia del nuevo Capítulo III.J.1

En concordancia con la decisión del Banco Central de Chile de prorrogar en 30 días el plazo para la entrada en vigencia del nuevo Capítulo III.J.1 sobre Emisión u Operación de Tarjetas de Crédito del Compendio de Normas Financieras dada a conocer en la edición de hoy del Diario Oficial, esta Superintendencia ha resuelto prorrogar en 30 días el plazo para recibir comentarios del público respecto de las nuevas disposiciones que reemplazarán las contenidas en la actual Circular N° 17 para Emisores y Operadores de Tarjetas de crédito.

Como se anunció previamente (ver noticia anterior), las disposiciones de esta Circular entrarán en vigor a contar del 31 de diciembre de 2013, en reemplazo de aquellas contenidas en la Circular N°17, sin perjuicio de las normas transitorias que establecen ciertos plazos para cumplir algunas instrucciones.

El documento para comentarios se encuentra disponible en el sitio web de la SBIF (ver documento en PDF) en período de consulta que se extenderá ahora hasta el 20 de junio de 2013. Los comentarios deberán ser presentados en la Oficina de Partes de la Superintendencia, o bien enviados al correo electrónico ComentarioNorma@sbif.cl.

Los comentarios que se reciban serán publicados una vez finalizado el proceso.

Ver documentos: