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SBIF publica listado de entidades cuyas operaciones de crédito serán fiscalizadas en 2015

Las entidades informadas por el SII que figuran en la nómina a que se refiere la Ley 18.010 podrán solicitar a la SBIF su exclusión presentando un recurso de reposición conforme a las leyes 19.880 y 18.575.

Hoy martes 29 de julio se publicó en el Diario Oficial y en el sitio web www.sbif.cl de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF), el listado de las entidades que colocan fondos por medio de operaciones de crédito de dinero de manera masiva, cuyas operaciones de crédito serán fiscalizadas de acuerdo a lo indicado en la Ley 18.010 modificada recientemente por la Ley 20.715.

El listado inicial de 877 entidades, que incluye a los bancos que ya eran fiscalizados en esta materia, fue confeccionado en base a lo informado por el Servicio de Impuestos Internos (ver Oficio Ordinario 1128), de acuerdo a lo que establece la nueva legislación. Estas entidades -que ya fueron notificadas por la SBIF- pueden solicitar ser excluidos de dicha lista en caso de no cumplir los requisitos señalados en la Ley 18.010.

La Ley N° 20.715 dispone que las entidades que colocan fondos por medio de operaciones de crédito de dinero de manera masiva son aquellas que durante el año calendario anterior (en este caso el año 2013), hayan realizado más de mil operaciones sujetas a un interés máximo convencional, por un monto global anual igual o superior a 100 mil Unidades de Fomento (UF).

La Resolución N° 197 del 22 de julio 2014, que contiene la nómina de entidades y otros antecedentes que son de interés se puede descargar desde este sitio web.

Asimismo se ofrece un documento de Preguntas Frecuentes y sus respectivas Respuestas, que facilita la comprensión del proceso.

 

Ver documentos: